TEESIN acredita violencia de género simbólica contra «Dato Protegido» y desata debate sobre la privacidad en Sinaloa

Es uno de los primeros casos en Sinaloa donde conversaciones privadas de WhatsApp se usan como prueba de violencia política de género.

Culiacán

Culiacán, Sinaloa.- El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN) declaró este miércoles 11 de marzo de 2026 por unanimidad que sí existió violencia política en razón de género en su modalidad simbólica contra Almendra Negrete Sánchez.

La resolución acató una orden de la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, que revocó el fallo inicial del TEESIN (que había declarado inexistente la infracción).

¿Quiénes son las partes involucradas?

  • Víctima y denunciante: Almendra Negrete Sánchez, diputada local con licencia de Morena, secretaria nacional de Diversidad Sexual del CEN de Morena, activista feminista y defensora de la comunidad LGBTI+. Se identificó en el expediente como “Dato Protegido 2.0”. Solicitó 300 mil pesos de reparación, inscripción en el padrón de violentadoras políticas e inhabilitación de la denunciada.

Denunciada: María Emma Zermeño López (Emma Zermeño), activista y funcionaria de la Secretaría de las Mujeres (Semujeres) del Gobierno de Sinaloa.

¿Qué pruebas fueron clave?

Seis conversaciones privadas de WhatsApp (entre 2024 y 2025) que Emma Zermeño mantuvo con un amigo. Las capturas de pantalla llegaron a Almendra a través de una filtración (realizada por Jonathan Alexis Ramírez Quevedo, asesor de la suplente de Negrete, Karina Franco Meza).

Los mensajes contenían expresiones ofensivas que, según el análisis con perspectiva de género e interseccionalidad, usaban estereotipos y su orientación sexual para desacreditar su trayectoria política, activismo y legitimidad como legisladora.

¿Cómo llegó el caso hasta aquí?

  1. Octubre 2025: Almendra denuncia ante el IEES.
  2. TEESIN declara inicialmente inexistente la violencia.
  3. Febrero 2026: Sala Regional Guadalajara del TEPJF revoca y ordena al TEESIN acreditar la infracción simbólica (conceptos como “wollying” o acoso entre mujeres fueron citados).
  4. Hoy (11 de marzo 2026): TEESIN cumple y aprueba por unanimidad.

¿Qué sanciones o medidas se ordenaron?

No se aplicaron directamente los 300 mil pesos ni la inhabilitación (eso corresponde al Poder Ejecutivo). En cambio, el TEESIN ordenó:

  • Abstenerse de emitir expresiones con estereotipos de género que afecten derechos político-electorales.
  • Prohibición de acercarse, intimidar o molestar a Almendra (por cualquier medio, incluyendo electrónicos).
  • Remisión a Semujeres y Secretaría de Transparencia para acciones administrativas.
  • Atención médica, psicológica y psiquiátrica continua a la víctima vía Centro de Justicia para las Mujeres.

¿Por qué genera tanta polémica?

Es uno de los primeros casos en Sinaloa donde conversaciones privadas de WhatsApp se usan como prueba de violencia política de género. Emma Zermeño y críticos hablan de un “peligroso precedente” contra la privacidad y libertad de expresión (Art. 16 constitucional).

Feministas y activistas LGBTI+ lo celebran como avance contra la violencia simbólica.

¿Qué han dicho las involucradas?

  • Almendra Negrete: “Soy orgullosamente DATO PROTEGIDO 2.0, porque pedir protección a mi persona no es motivo de vergüenza, es un derecho y es justicia”.
  • Emma Zermeño: Ha alertado que los chats privados ahora pueden usarse en juicios y cuestiona el fallo.

¿Qué sigue?

El expediente ya está en Semujeres y Transparencia para definir sanciones adicionales. El caso ya es tema nacional y podría sentar jurisprudencia sobre el uso de mensajes privados en denuncias por violencia política de género.

Redacción Letra Roja
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